Las palabras antes citadas de la Encíclica del Papa Pablo VI se refieren a ese momento de la vida común de los cónyuges, en el cual, al unirse mediante el acto conyugal, ambos vienen a ser, según la expresión bíblica, «una sola carne» (Jn 2, 24). En ese momento tan rico de significado es también particularmente importante que se relea el «lenguaje del cuerpo» en la verdad. Esa lectura se convierte en condición indispensable para actuar en la verdad, o sea, para comportarse en conformidad con el valor y la norma moral. La Encíclica no sólo recuerda esta norma, sino que intenta también darle su fundamento adecuado. Para lo cual Pablo VI continúa así en la frase siguiente: «…el acto conyugal, por su íntima estructura, mientras une profundamente a los esposos, los hace aptos para la generación de nuevas vidas, según las leyes inscritas en el ser mismo del hombre y de la mujer» (Humanæ vitæ, 12). Con lo anterior, la Encíclica nos induce a buscar el fundamento de la norma, que determina la moralidad de las acciones del hombre y de la mujer en el acto conyugal, en la naturaleza de este mismo acto y, todavía más profundamente, en la naturaleza de los sujetos mismos que actúan.
De este modo, la «íntima estructura» (o sea, la naturaleza) del acto conyugal constituye la base necesaria para una adecuada lectura y descubrimiento de los significados, que deben ser transferidos a las conciencias de las personas. Dado que, «el acto conyugal…» -a un mismo tiempo- «une profundamente a los esposos», y, a la vez, «los hace aptos para la generación de nuevas vidas»; y por tanto una cosa como otra se realizan por su propia naturaleza, se deriva en consecuencia que la persona humana «debe» leer al mismo tiempo los «dos significados del acto conyugal» y también la «inseparable conexión» entre los dos. No se trata, pues, aquí de ninguna otra cosa sino de leer en la verdad el «lenguaje del cuerpo».
«Al exigir que los hombres observen la ley natural, interpretada por su doctrina, la Iglesia enseña que cualquier acto matrimonial debe quedar abierto a la transmisión de la vida» (Humanæ vitæ, 11). Dado que la norma vincula el valor moral, se sigue de ello que los actos conformes a la misma son moralmente rectos; y en cambio, los actos contrarios, son intrínsecamente ilícitos. El autor de la Encíclica subraya que tal norma pertenece a la «ley natural», es decir, que está en conformidad con la razón como tal.
Pablo VI escribe: «Nos pensamos que los hombres, en particular los de nuestro tiempo, se encuentran en grado de comprender el carácter profundamente razonable y humano de este principio fundamental». (Humanæ vitæ, 12). Podemos añadir: ellos pueden comprender, también, su profunda conformidad con todo lo que transmite la Tradición, derivada de las fuentes bíblicas. Parece, pues, que es razonable buscar en la «teología del cuerpo» el fundamento de la verdad de las normas que se refieren a la problemática del hombre en cuanto «cuerpo»: «los dos serán una misma carne» (Gén 2, 24).
La norma de la Encíclica «Humanæ vitæ» afecta a todos los hombres, en cuanto que es una norma de la ley natural y se basa en la conformidad con la razón humana (cuando ésta, se entiende, busca la verdad). Con mayor razón ella concierne a todos los miembros de la Iglesia puesto que el carácter razonable de la norma encuentra indirectamente confirmación y sólido sostén en el conjunto de la «teología del cuerpo». Desde este punto de vista hemos hablado, en anteriores análisis, del «ethos» de la redención del cuerpo.
Reflexión: ¿Qué es la ley natural? ¿Encuentro la concordancia entre la ley natural y la razón? ¿Busco que la razón humana me lleve siempre a la verdad?
56) Los interrogantes del hombre contemporáneo
El hecho de que la ley tenga que ser de «posible» puesta en práctica, pertenece directamente a la misma naturaleza de la ley. «La Iglesia recuerda que no puede haber contradicción verdadera entre las leyes divinas de la transmisión obligatoria de la vida y del fomento genuino del amor conyugal» (Gaudium et spes 51). Nos podríamos detener largamente sobre el análisis de la norma misma; pero realicemos algunas reflexiones pastorales ya que tanto la «Gaudium et spes» que es una Constitución Pastoral, como la Encíclica de Pablo VI -con todo su valor doctrinal- intentan tener la misma orientación. Quieren ser respuesta a los interrogantes del hombre contemporáneo. Son, éstos, interrogantes de carácter demográfico y, en consecuencia, de carácter socio-económico y político, relacionados con el crecimiento de la población en el globo terrestre. Son interrogantes que surgen en el campo de las ciencias particulares y de los teólogos-moralistas contemporáneos. Son antes que nada los interrogantes de los cónyuges. Precisamente leemos en la encíclica: «Consideradas las condiciones de la vida actual y dado el significado que las relaciones conyugales tienen en orden a la armonía entre los esposos y su mutua fidelidad, ¿no sería indicado revisar las normas éticas hasta ahora vigentes, sobre todo si se considera que las mismas no pueden observarse sin sacrificios, algunas veces heroicos?» (Humanæ vitæ, 3).
En la antedicha formulación es evidente que el autor de la Encíclica procura afrontar los interrogantes del hombre contemporáneo en todo su alcance. Pues si, por una parte, es justo esperarse una exposición de la norma, por otra parte, nos es lícito esperar que una importancia no menor se conceda a los temas pastorales, ya que conciernen más directamente a la vida de los hombres concretos, de aquellos que se plantean las preguntas mencionadas al principio. Pablo VI ha tenido siempre delante de si a estos hombres. Expresión de ello es, entre otros, el siguiente pasaje de la «Humanæ vitæ»: «La doctrina de la Iglesia en materia de regulación de la natalidad, promulgadora de la ley divina, aparecerá fácilmente a los ojos de muchos difícil e, incluso, imposible en la práctica. Y en verdad que, como todas las grandes y beneficiosas realidades, exige un serio empeño y muchos esfuerzos de orden familiar, individual y social. Más aún, no sería posible actuarla sin la ayuda de Dios, que sostiene y fortalece la buena voluntad de los hombres. Pero a todo aquel que reflexione seriamente, no puede menos que aparecer que tales esfuerzos ennoblecen al hombre y benefician la comunidad humana» (Humanæ vitæ, 20).
Que toda la retrovisión bíblica, denominada «teología del cuerpo», nos ofrezca también, aunque indirectamente, la confirmación de la verdad de la norma moral, contenida en la «Humanæ vitæ», nos predispone a considerar, más a fondo, los aspectos prácticos y pastorales del problema en su conjunto. Los principios generales de la «teología del cuerpo» ¿No estaban sacados de las respuestas que Cristo dio a las preguntas de sus concretos interlocutores? Y los textos de Pablo ¿no son, acaso, un pequeño manual en orden a los problemas de la vida moral de los primeros seguidores de Cristo? Si alguien cree que el Concilio y la Encíclica no tienen bastante en cuenta las dificultades presentes en la vida concreta, es porque no comprende las preocupaciones pastorales que hubo en el origen de tales documentos. Preocupación pastoral significa búsqueda del verdadero bien del hombre, promoción de los valores impresos por Dios en la propia persona; el descubrimiento cada vez más claro del designio de Dios sobre el amor humano, con la certeza de que el único y verdadero bien de la persona humana consiste en la realización de este designio divino.
La teología del cuerpo no es tanto una teoría, cuanto más bien una pedagogía evangélica y cristiana del cuerpo. Esto se deriva del carácter de la Biblia, y sobre todo del Evangelio que, como mensaje salvífico, revela lo que es el verdadero bien del hombre, a fin de modelar -a medida de este bien- la vida en la tierra, en la perspectiva de la esperanza del mundo futuro. La Encíclica «Humanæ vitæ», siguiendo esta línea, responde a la cuestión sobre el verdadero bien del hombre como persona, de acuerdo a su dignidad, cuando se trata del importante problema de la transmisión de la vida en la convivencia conyugal. La teología del cuerpo cuando pasa a ser pedagogía del cuerpo constituye el núcleo esencial de la espiritualidad conyugal.
Reflexión: ¿Acepto el designio de Dios en mi vida con la certeza de que en él está mi único y verdadero bien?
57) Paternidad y maternidad responsables
Llamamos responsable a la paternidad y maternidad que corresponde a la dignidad personal de los esposos como padres, a la verdad de su persona y del acto conyugal. El texto conciliar, Gaudium et Spes, dice así: «…Cuando se trata, pues, de conjugar el amor conyugal con la responsable transmisión de la vida, la índole moral de la conducta no depende solamente de la sincera intención y apreciación de los motivos, sino que debe determinarse con criterios objetivos, tomados de la naturaleza de la persona y de sus actos, criterios que mantienen integro el sentido de la mutua entrega y de la humana procreación, entretejidos con el amor verdadero; esto es imposible sin cultivar sinceramente la virtud de la castidad conyugal» (GS 51). Antes del pasaje citado, el Concilio enseña que los cónyuges «con responsabilidad humana y cristiana cumplirán su misión y, con dócil reverencia hacia Dios» (GS 50). Lo cual quiere decir que: «De común acuerdo y común esfuerzo, se tomarán un juicio recto, atendiendo tanto a su propio bien personal como al bien de los hijos, ya nacidos o todavía por venir, discerniendo las circunstancias de los tiempos y del estado de vida, tanto materiales como espirituales; y, finalmente, teniendo en cuenta el bien de la comunidad familiar, de la sociedad temporal y de la propia Iglesia» (GS 50). Al llegar a este punto siguen palabras particularmente importantes para determinar, con mayor precisión, el carácter moral de la «paternidad y maternidad responsables». Leemos: «Este juicio, en último término, deben formarlo ante Dios los esposos personalmente» (GS 50) para lo cual siempre deben regirse por la conciencia, la cual ha de ajustarse a la ley divina misma».
Pablo VI escribe: «En relación a los procesos biológicos, paternidad responsable significa conocimiento y respeto de sus funciones; la inteligencia descubre, en el poder de dar la vida, leyes biológicas que forman parte de la persona humana» (Humanæ vitæ, 10). Cuando se trata, luego, de la dimensión psicológica de «las tendencias del instinto y de las pasiones, la paternidad responsable comporta el dominio necesario que sobre aquellas han de ejercer la razón y la voluntad» (Humanæ vitæ, 10). Se sigue de ello que en la concepción de la «paternidad responsable» está contenida la disposición no solamente a evitar «un nuevo nacimiento», sino también a hacer crecer la familia según los criterios de la prudencia. Bajo esta luz, desde la cual es necesario examinar y decidir la cuestión de la «paternidad responsable», queda siempre como central «el orden moral objetivo, establecido por Dios, cuyo fiel intérprete es la recta conciencia» (Humanæ vitæ, 10). Los esposos, dentro de este ámbito, cumplen «plenamente sus deberes para con Dios, para consigo mismos, para con la familia y la sociedad, en una justa jerarquía de valores» (Humanæ vitæ, 10). El principio de la moral conyugal resulta ser, por lo tanto, la fidelidad al plan divino, manifestado en la «estructura íntima del acto conyugal» y en «el inseparable nexo entre los dos significados del acto conyugal».
Es moralmente ilícita «la interrupción directa del proceso generador ya iniciado» («aborto») (Humanæ vitæ, 14), la «esterilización directa» y «toda acción que, o en previsión del acto conyugal, o en su realización, o en el desarrollo de sus consecuencias naturales, se proponga, como fin o como medio, hacer imposible la procreación» (Humanæ vitæ, 14), por tanto, todos los medios contraceptivos. Es por el contrario moralmente lícito, «el recurso a los períodos infecundos» (Humanæ vitæ, 16): «Por consiguiente, si para espaciar los nacimientos existen serios motivos, derivados de las condiciones físicas o psicológicas de los cónyuges, o de circunstancias exteriores, la Iglesia enseña que entonces es lícito tener en cuenta los ritmos naturales inminentes a las funciones generadoras para usar el matrimonio sólo en los periodos infecundos y así regular la natalidad sin ofender los principios morales…» (Humanæ vitæ, 16). La Encíclica subraya que «entre ambos casos existe una diferencia esencial» (Humanæ vitæ, 16), esto es, una diferencia de naturaleza ética: «En el primero, los cónyuges se sirven legítimamente de una disposición natural; en el segundo, impiden el desarrollo de los procesos naturales» (Humanæ vitæ, 16). De ello se derivan dos acciones con calificación ética opuesta: la regulación natural de la fertilidad es moralmente recta, la contracepción no es moralmente recta. Esta diferencia esencial entre los dos modos de actuar concierne a su intrínseca calificación ética aunque «tanto en uno como en otro caso, los cónyuges están de acuerdo en la voluntad positiva de evitar la prole por razones plausibles». En estas palabras el documento admite que, si bien también los que hacen uso de las prácticas anticonceptivas pueden estar inspirados por «razones plausibles», sin embargo, ello no cambia la calificación moral que se funda en la estructura misma del acto conyugal como tal. Se podría observar, en este punto, que los cónyuges que recurren a la regulación natural de la fertilidad podrían carecer de las razones válidas de que se ha hablado anteriormente; pero esto constituye un problema ético aparte, dado que se trata del sentido moral de la «paternidad y maternidad responsables».
Reflexión: ¿Qué entiendo por paternidad y maternidad responsable? ¿Cuál es la diferencia ética entre utilizar medios anticonceptivos o «el recurso a los períodos infecundos»?
58) La diferencia ética entre el uso de anticonceptivos y de los períodos infecundos (Un paréntesis a la Teología del cuerpo)
Con el fin de poder ampliar la diferencia ética entre la anticoncepción y el uso de los períodos infecundos naturales, me permito hacer una pausa en la Teología del Cuerpo para leer lo que al respecto nos explica Fr. Shenan J. Boquet en su artículo The Contraception-Abortion Connection.
A algunas personas les cuesta dificultad distinguir entre usar anticonceptivos y tratar de evitar un embarazo por medio de la planificación familiar natural (PFN). Señalan que en ambos casos la intención es la misma: evitar el embarazo. Pero este es un análisis tristemente superficial. No entienden que la anticoncepción y la PFN involucran mentalidades radicalmente diferentes. Mientras que la anticoncepción intenta superar la capacidad de nuestros cuerpos, la PFN busca trabajar con esa capacidad.
La pareja que usa anticonceptivos está tratando de controlar, e incluso trascender, la naturaleza, mientras que la pareja que usa PFN está demostrando una profunda conciencia y respeto por la naturaleza que Dios nos ha dado. Mientras que la pareja que usa anticonceptivos está jugando a la fantasía de que la tecnología ha separado con éxito el sexo y la procreación, la pareja que usa la PFN recuerda constantemente esa conexión, y por la lógica inherente a la práctica de la PFN, sobre todo la lógica de sacrificio propio, están obligados a reevaluar continuamente sus intenciones.
Mientras que el objetivo de los fabricantes de anticonceptivos es crear una anticoncepción que sea tan efectiva que las personas que usan su producto nunca tengan que pensar en la posibilidad de un bebé, a la pareja casada que usa PFN se le recuerda, diariamente, el hecho de que la intimidad sexual y los bebés están, en el gran diseño de Dios, integrados. La pareja que usa anticonceptivos quiere poner su (no) fertilidad en piloto automático y vivir sus vidas sin las responsabilidades inherentes al sexo. En contraste, la pareja casada que usa PFN quiere buscar la voluntad de Dios para sus vidas, y se ve empujada a buscar en oración su voluntad cada vez que, por razones serias, emprenden un incómodo período de abstinencia para posponer tener otro bebé.
Desde cierta distancia, esto puede parecer similar, dos parejas que evitan tener hijos. Mirándolo más de cerca, sin embargo, no podrían estar más separados. Un método se basa en el deseo de dominio y, en última instancia, en una ilusión. El otro método se basa en el respeto a los mandamientos de Dios, en la humildad y una profunda conciencia de cómo son realmente las cosas. Uno busca el control absoluto, el otro fomenta el autocontrol.
Así mismo, teniendo en cuenta el componente ético que contiene, a continuación, presento un aspecto adicional, poco conocido, de la anticoncepción. Leámoslo, como lo explica Laura Gutiérrez Ochoa en su artículo Anticonceptivos: lo que no te han contado.
«…los anticonceptivos atacan físicamente el cuerpo femenino con una gran variedad de posibles efectos secundarios. Y se oponen a su libertad produciendo unos abortos que ella no ha elegido, pues, en la mayoría de casos, muchas mujeres no saben que los anticonceptivos pueden ser abortivos. Un anticonceptivo, como su nombre lo indica, es aquello que impide la concepción: la formación de una nueva vida después del encuentro del óvulo y el espermatozoide. Los anticonceptivos de barrera y las esterilizaciones permanentes actúan de este modo. No obstante, los anticonceptivos hormonales pueden llegar a actuar después de la concepción, interfiriendo con lo que ya es una nueva vida.»
«Los anticonceptivos hormonales, como las píldoras, los parches, los implantes subdérmicos, las inyecciones y otros, actúan sobre tres diferentes frentes. Uno de ellos es las trompas de Falopio, donde impiden la ovulación y alteran la motilidad. También actúan sobre el moco cervical para espesarlo, de este modo se dificulta el paso de los espermatozoides. Su tercer lugar de acción es el endometrio, la capa más interna del útero donde se implanta el embrión para desarrollarse durante todo el embarazo. Como un efecto secundario, pero “deseado” viene la debilitación del endometrio. En caso de que los dos primeros mecanismos de acción fallen y se dé la concepción, el embrión no se podrá implantar en un endometrio debilitado y será expulsado. La mujer acaba de abortar sin darse cuenta de ello.»
«Muchas personas podrán sentirse abrumadas ante la realidad de los anticonceptivos, ¿qué opciones quedan? … Para llevar una familia con responsabilidad existen herramientas como los métodos de reconocimiento de la fertilidad (MRF) y, sobre todo, la educación en el amor propio y a la pareja en una inestimada e incomprendida virtud: la castidad…Para quien escucha por primera vez sobre los MRF vale decir que son métodos con fundamento científico y que, usados de la manera adecuada, pueden reportar una efectividad tan alta como la de cualquier anticonceptivo hormonal. A diferencia de ellos, se basan en la identificación de los signos naturales del cuerpo femenino que indican los periodos de fertilidad e infertilidad en cada ciclo menstrual. Los signos más evidentes son la temperatura basal, el moco cervical y los cambios del cuello uterino.»
«Algunos de los MRF son: el método Billings, el método sintotérmico y el modelo Creighton. No se requiere que una mujer sea de ciclos regulares para utilizarlos, basta con aprender de un profesional. También son muy efectivos para ayudar a una pareja que ha tenido dificultades para concebir. Además, las parejas que los utilizan reportan que les han ayudado a mejorar su relación, pues requieren de la cooperación de los dos y de una mentalidad que reconozca todo el verdadero valor del sexo. Son económicos, son ecológicos, no tienen efectos secundarios y son muy efectivos.»
(1) Traducido de The Contraception-Abortion Connection. Boquet, Shenan J. 9 de septiembre de 2019. Recuperado de: www.hli.org
(2) Anticonceptivos: lo que no te han contado. Gutiérrez Ochoa, Laura. 12 de octubre de 2018. Recuperado de: https://www.razonmasfe.com/vida/anticonceptivos-lo-que-no-te-han-contado/